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Ley de góndolas: supermercados deben señalizar productos más baratos para cada categoría

Ayer entró en vigencia lo reglamentado el pasado 12 de mayo por la Secretaría de Comercio Interior, a través de la Resolución 485, en la que se estableció la obligatoriedad de señalizar con una cartelería destacada el producto de menor precio por unidad de medida.

Los supermercados tienen desde ayer la obligación de señalizar en las góndolas el producto más barato para cada categoría. Esta medida ya había comenzado a implementarse en los últimos días de acuerdo con lo establecido en el marco de la Ley de Góndolas.

La medida entró en vigencia la partir de o reglamentado el pasado 12 de mayo por la Secretaría de Comercio Interior, a través de la Resolución 485, en la que se estableció la obligatoriedad de señalizar con una cartelería destacada el producto de menor precio por unidad de medida.

En la resolución 485 se reglamentó el inciso C) del artículo 7 de la Ley de Góndolas, que exige que los productos más baratos por unidad en cada góndola deben estar a altura equidistante entre el primer y el último estante, y determina que el valor no puede ser de «carácter transitorio».

Según estas normativas el precio más bajo no podrá surgir de ofertas, bonificaciones o descuentos de cualquier tipo. Además el producto más barato deberá estar exhibido con cartelería perpendicular a la góndola que indique la leyenda de «MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545».

Desde la Secretaría de Comercio Interior, señalaron que «hoy efectivamente empieza a regir» la obligatoriedad y destacaron que ya «muchos supermercados lo tienen implementado». «Esto se pudo ver incluso en la recorrida de la semana pasada claramente en cartel en la góndola», indicaron.

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