ANSES pagará el nuevo Programa Acompañar destinado a aquellas mujeres y personas LGBTI+ que estén en riesgo de violencia de género.
El «Programa Acompañar» es un nuevo beneficio que otorgará ANSES para ayudar y sostener la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en una situación de riesgo de violencia de género. Esta propuesta fue presentada por el Gobierno Nacional y será entregada a través del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD).
Elizabeth Gómez Alcorta, ministra de Mujeres, Géneros y Diversidades, explicó que este Programa Acompañar «será pagado vía ANSES, y se articulará con municipios y provincias para que el ingreso de cada una de las personas que requieran el programa, el acompañamiento y asistencia integral, sea de modo conjunto con las áreas locales. Salir de situaciones de violencia de género es absolutamente difícil y el Estado tiene que estar acompañando a esas mujeres».
Este nuevo beneficio de ANSES será una suma no reintegrable, personal, no renovable y no contribuitiva, equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil, cercano a los 17.000 pesos.
La duración será por seis meses consecutivos. Su fin será solventar los gastos esenciales y el desarrollo de una recomposición de su vida libre de violencia de género.
Cómo acceder a este bono de ANSES:
Acreditar la situación de riesgo por motivos de género por un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad de Buenos Aires.
Requisitos para acceder al bono de ANSES:
Las personas residentes en el país, con ciudadanía argentina nativa, por opción o naturalizada.
Extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud.
Mayor a dieciocho años.
Quiénes no podrán acceder:
Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos.
Subsidiadas o por prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional.
Quienes cobren Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las personas que reciban Pensión Universal para el Adulto Mayor.
Quienes perciban prestación por desempleo.